De qué se trata:
Un proceso para ciertos no ciudadanos cónyuges e hijastros de ciudadanos estadounidenses
Si se les concede el permiso de permanencia temporal en el país, y si son elegibles, estos no ciudadanos pueden solicitar ajustar su estatus al de residente permanente legal sin tener que salir de Estados Unidos y ser procesados por un consulado estadounidense en el extranjero.
Requisitos para
Conyuge

- Estar presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido ni haber recibido permiso de permanencia temporal;
Haber estado físicamente presente de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014, hasta la fecha de presentación de su petición; - Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024;
- No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
- Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y seguridad pública.
Requisitos para
Hijastros

- Estar presente en los Estados Unidos sin haber sido admitido ni haber recibido permiso de permanencia temporal;
Haber estado físicamente presente de manera continua en Estados Unidos desde al menos el 17 de junio de 2014, hasta la fecha de presentación de su petición; - Tener un matrimonio legalmente válido con un ciudadano estadounidense en o antes del 17 de junio de 2024;
- No tener antecedentes penales que lo descualifiquen y que no se le considere una amenaza para la seguridad pública, la seguridad nacional o la seguridad fronteriza; y
- Presentar datos biométricos y someterse a las verificaciones de antecedentes requeridas y a la investigación de seguridad nacional y seguridad pública.


Beneficios
¿seré elegible para la autorización de empleo?
Si se aprueba su solicitud de permiso de permanencia temporal en el país, usted será elegible para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) por medio del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, bajo la categoría de elegibilidad (c)(11).
Beneficios
¿seré elegible para ajustar mi estatus al de residente permanente legal (LPR)?

Este proceso no cambia los criterios de elegibilidad para el estatus de LPR, pero brinda una oportunidad para que los no ciudadanos elegibles que son cónyuges o hijos de ciudadanos estadounidenses ajusten su estatus bajo las autoridades legales existentes sin tener que salir de Estados Unidos para buscar obtener una visa de inmigrante en una embajada o consulado estadounidense. Para cualificar para el ajuste de estatus bajo INA 245 (a), un solicitante debe demostrar que ha sido inspeccionado y admitido o habérsele concedido permiso de permanencia temporal en Estados Unidos